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Protege tus bienes mediante servicio gratuito de Sunarp: Inmovilización de Partida

  • Fuente: sunarp.gob.pe
  • 1 oct 2024
  • 2 Min. de lectura

Sunarp te enseña cómo proteger gratis tu casa, departamento o terreno, mediante la inmovilización de partidas registrales.



Como se sabe, la Sunarp implementó el servicio gratuito de Inmovilización de Partidas en el Registro de Predios, por el cual el dueƱo de una casa, departamento o terreno puede colocar ā€œun candadoā€ de manera voluntaria y temporal a la partida donde estĆ” inscrita su propiedad, inmovilizĆ”ndola a fin de impedir que personas inescrupulosas realicen transferencias, cargas o gravĆ”menes en esta.


En los últimos meses, mÔs peruanos optan por inmovilizar las partidas registrales de sus inmuebles. Entre enero y junio del presente año, se tramitaron 1,014 inmovilizaciones en Lima. Le siguen La Libertad (294), Arequipa (239), Lambayeque (84), Ica (53), Piura (46), Moquegua (45), Áncash (44), Cusco (40) y Tacna (39).


Pero, ¿en qué casos se recomienda inmovilizar un inmueble?

Se recomienda esto cuando por motivos de trabajo, estudios u otros, el propietario tiene que ausentarse de su ciudad por un tiempo prolongado.

TambiƩn se recomienda inmovilizar un predio cuando se tiene dos o mƔs propiedades y solo se va a ocupar una de estas.


Según la Sunarp, ello no imposibilita que cualquier persona que no piensa transferir su predio también pueda solicitar la inmovilización de su propiedad. En ese sentido, la superintendencia detalla las vías para solicitar la inmovilización de la partida ante un posible fraude registral, en la Directiva N° 01-2022-SDNR-DTR, aprobada por Resolución N° 057-2023-SUNARP/SN.


¿Cómo realizar el trÔmite gratuito?

La inmovilización de partida con aviso electrónico es totalmente gratuita, y la solicita el titular del predio. En el supuesto que el titular del inmueble sea una sociedad conyugal, cualquiera de sus integrantes podrÔ solicitarla.


Se solicita de manera presencial mediante formato de la Sunarp. Su registro genera un aviso electrónico vinculado a la partida registral y el trÔmite se realiza presentando los siguientes documentos:


  • Solicitud de inscripción de tĆ­tulo (formulario de distribución gratuita disponible en la oficina registral), debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trĆ”mite en la Sunarp).

  • El formato de inmovilización de partida con aviso electrónico, que se descarga de la pĆ”gina web de la Sunarp, debidamente llenado y suscrito. Dicho formato contiene, entre otros, la declaración jurada del titular registral, en el sentido que el predio sobre el cual se solicita la inmovilización no ha sido transferido o se encuentra con carga o gravamen voluntario, no inscrito, de fecha cierta anterior a la presentación de la solicitud de inmovilización.


Pago de la tasa registral:

Gratuito.


Plazo de calificación:

7 días hÔbiles contados a partir del día siguiente de su presentación.


¿CuÔnto tiempo se puede inmovilizar una partida?

La inmovilización tendrÔ una vigencia mÔxima de 10 años, contados desde el día de su presentación en el Registro de Predios. También se podrÔ solicitar un plazo menor. La inmovilización caducarÔ de pleno derecho cumplido el plazo establecido.


La Sunarp informó que la inmovilización de partidas registrales, del Registro de Predios, creció en 98.94% en el primer semestre de este año, al pasar de 1,041 inscripciones en el primer semestre del año pasado, a un total de 2,072 inmovilizaciones registradas entre enero y junio del presente año.




Fuente: www.gob.pe

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